Registro Título Internet - Médico, Enfermero y Otros

Reglas y Requisitos para el Registro de Títulos de los Profesionales de la Salud en Venezuela. Gaceta Oficial Nro. 40.647 de fecha 24 de abril del 2015.

El Ministerio del Poder Popular para La Salud, a través del Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria, será el encargado de la inscripción, control, regulación y certificación de Títulos de los Profesionales, Técnicos Superiores Universitarios, Técnicos Medios y Postgrado de Salud.

Pasos para el Registro de Títulos de Médicos, Enfermeros y Otros:

- Toda persona natural que obtenga un Titulo Universitario, Técnico Superior Universitario y Técnico Medio de Salud deben registrarse en el Sistema de Información Automatizado para la Legalización y Vigilancia del Libre Ejercicio de los Profesionales de la Salud, en la página web del Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria.

- Se debe entregar una declaración jurada de fidelidad de los datos suministrados.

- Luego de 72 horas, el Profesional de la Salud podrá imprimir cuantas veces quiera la constancia y/o certificación electrónica de la solicitud correspondiente. Esta certificación tendrá validez solo si esta acompañada del pago del impuesto.

- El Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria podrá realizar auditorías de los datos suministrados y en caso de comprobarse la falsificación, se procederá anular la matricula y se podrán tomar acciones legales.

Para mayor información consulte la Gaceta Oficial Nro. 40.647 o visite la página web de Ministerio de la Salud.
Fuente: Gaceta Oficial Nro. 40.647

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