Cálculo de Liquidación de Prestaciones Sociales Vendedores

Como calcular las prestaciones sociales de un vendedor en Venezuela. Un Vendedor es aquella persona que tiene como tarea la venta de productos o servicios de una compañía, este puede tener sueldo fijo, por comisión, o tener sueldo mixto, que incluya sueldo más comisión.

Clasificación y Tipos de Vendedores: para saber que tipo de vendedor es un trabajador o empleado, hay que tomar en cuenta ciertas condiciones, como son; si recibe salario fijo, si solo recibe comisiones, si obedece ordenes de superiores, si cumple horario, la forma de pago, entre otros.

Vendedor Fijo: está ligado a la empresa por un contrato laboral, donde por lo general ganan sueldo fijo, por comisión o sueldo más comisión, y están aparado por la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT).

Vendedor Independiente: solo comercializa los productos o servicios de varias compañías, y solo cobran por comisión, un ejemplo, los corredores de seguros que pueden trabajar para varias compañías.

Como calcular la Liquidación de las Prestaciones Sociales para Vendedores:

Artículo 104 (LOTTT): El salario es la remuneración en moneda de curso legal, que recibe el trabajador por la prestación de su servicio y comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, recargos por días feriados, horas extras o trabajo nocturno, alimentación y vivienda.

Artículo 121 (LOTTT): El salario base que se toma para el cálculo de las vacaciones, es el salario normal devengado en el mes anterior al disfrute, pero para el caso de salario por unidad de obra, por pieza, a destajo o a comisión, se tomará en cuenta el promedio del salario normal devengado durante los tres meses anteriores al disfrute de las vacaciones.

Artículo 122 (LOTTT): El salario base que se toma en cuenta para el cálculo de las prestaciones sociales, será el último salario devengado, calculado de manera que integre todos los conceptos salariales recibidos por el trabajador. Para el caso de salario por unidad de obra, por pieza, a destajo, a comisión, u otra modalidad de salario variable, la base para el cálculo de las prestaciones sociales será el promedio del salario devengado durante los seis meses anteriores, calculado de manera que integre todos los conceptos salariales recibidos por el trabajador. El salario a que se refiere el presente artículo, además de los beneficios devengados, incluye la alícuota de lo que le corresponde recibir por bono vacacional y por utilidades.
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